viernes, 22 de julio de 2011

¿Embarque denegado? ¿Cancelación? ¿Gran retraso? ¿Equipaje extraviado? ¿Movilidad reducida?


¿Embarque denegado? ¿Cancelación? ¿Gran retraso?  ¿Equipaje extraviado? ¿Movilidad reducida?

En los últimos treinta años, ha habido un auge de la movilidad en Europa. Para millones de ciudadanos viajar se ha convertido en realidad, es más, en un derecho.

DERECHOS COMO PASAJERO CUANDO VIAJA EN AVIÓN:

- Personas con discapacidad o movilidad reducida:


Bajo la legislación de la UE, las personas con discapacidad y/o movilidad reducida están protegidas ante la discriminación durante la reserva o el embarque. También tienen derecho a recibir asistencia en los aeropuertos (en la salida, en la llegada y en tránsito) y en los aviones a bordo. Para facilitar la provisión de asistencia, se recomienda notificar con antelación sus necesidades. Más información

- Embarque denegado:

Cuando a los pasajeros se les deniega el embarque a un vuelo, las compañías aéreas están obligadas, en primer lugar, a buscar voluntarios que renuncien a sus reservas a cambio de determinados beneficios. Además, las compañías deben ofrecer a los voluntarios la posibilidad del reembolso completo o de la modificación de trayecto.


Usted puede tener derecho a una compensación de entre 125 y 600 euros, dependiendo de la distancia del vuelo y de los retrasos ocurridos antes de la modificación del trayecto. Cuando los voluntarios eligen la modificación de trayecto, la compañía aérea debe además proporcionar la asistencia necesaria, por ejemplo comida, acceso a un teléfono, a una o más noches de alojamiento en un hotel si es necesario, y al transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento. 


- Cancelación:

Usted tiene igualmente derecho a una compensación idéntica a la que se le ofrece cuando se le deniega el embarque, a menos que haya sido informado de la cancelación al menos 14 días antes del vuelo, o que con la modificación del trayecto haya llegado cerca de la hora inicialmente prevista, o si la compañía aérea puede probar que la cancelación fue causada por circunstancias extraordinarias.
Además, la compañía aérea debe ofrecerle la posibilidad de elegir entre:

- El reembolso de su billete dentro de siete días.
- la modificación de trayecto.
- y, si es necesario, ayuda (llamada de teléfono, refrigerios, comida, alojamiento, transporte al lugar de alojamiento)


- Grandes retrasos:

Usted tiene derecho a asistencia por parte de la compañía aérea (llamada de teléfono, refrigerios, comida, alojamiento, transporte al lugar de alojamiento) si el retraso es de:

§         dos horas o más para vuelos de 1 500 km o menos;
§         tres horas o más para vuelos más largos dentro de la Unión Europea o para otros vuelos de entre 1 500 y 3 500 km;
§         cuatro horas o más para vuelos de más de 3 500 km fuera de la Unión Europea.

Si el retraso es de más de cinco horas, y usted decide no continuar su viaje,  también tiene derecho al reembolso de su billete y a volar de vuelta al lugar donde comenzó su viaje.

Si llega a su destino final con un retraso de tres horas o más, puede tener derecho a una indemnización idéntica a la que le correspondería en caso de cancelación del vuelo, salvo si la línea aérea puede demostrar que el retraso ha sido provocado por circunstancias excepcionales. Además, las líneas aéreas pueden verse obligadas a responder por los daños derivados de los retrasos.

- Equipaje:


Si su equipaje se extravía, o retrasa, puede tener derecho a una compensación limitada a unos 1.220 euros. No obstante, las compañías aéreas carecerán de responsabilidad cuando hayan adoptado todas las medidas a su alcance para evitar esos daños o cuando las haya resultado imposible adoptar esas medidas. Por el equipaje dañado, usted puede hacer una reclamación a la compañía aérea en un plazo de siete días después de recibir su equipaje. Por la recepción retrasada del equipaje, este periodo máximo es de 21 días.  

- Identificación de la compañía aérea:

Usted debe ser informado, con anterioridad, sobre qué compañía opera su vuelo. Las compañías aéreas que pueden resultar inseguras están prohibidas o restringidas dentro de la UE. Las encontrará aqui 


- Paquetes de vacaciones:

Los organizadores y distribuidores de paquetes de vacaciones están obligados a proporcionar información precisa y completa sobre los paquetes de vacaciones reservados. Están obligados a respetar los términos contractuales y a proteger a los pasajeros en el caso de insolvencia. Los turoperadores de paquetes deben dar una información precisa sobre el viaje reservado, cumplir las obligaciones contractuales
y proteger a los pasajeros en el caso de insolvencia del organizador.

- Transparencia de precios:

De conformidad con la legislación de la UE, cuando se compra un billete para un vuelo que despegue de un aeropuerto de la UE, las condiciones aplicables tienen que serle explicadas claramente. El precio final a pagar debería estar indicado en todo momento y debe incluir las tarifas aéreas y las tasas aplicables, así como los cargos, subcargos y tarifas inevitables y predecibles en el momento de la publicación. También ha de detallar el desglose entre la tarifa, los impuestos, las tasas del aeropuerto, y otros cargos,  subcargos y tarifas. Los suplementos de precio adicionales han de comunicarse de manera clara, transparente y no ambigua del proceso de reserva y la aceptación de los ismos por su parte debe ser opcional.

DERECHOS COMO PASAJERO CUANDO VIAJA EN TREN

Millones de personas viajan en tren por Europa todos los días. Es importante para la Unión Europea (UE) garantizar que las personas puedan viajar en condiciones seguras y cómodas. La legislación europea que entró en vigor en diciembre de 2009 pretende mejorar la protección de los pasajeros ferroviarios, dando lugar a unos servicios más fiables y de mayor calidad.

Los derechos de los pasajeros ferroviarios aplican a todos los servicios de transporte ferroviarios internacionales en la UE entre estos derechos, seis básicos:

- Compra de billetes sin problemas:

Tendrá la opción de realizar la compra del billete en estaciones con dotación de personal (por ejemplo, en mostradores de venta de billetes), en máquinas dispensadoras de billetes o, en la mayoría de los casos, también por Internet.

No obstante, en caso que ninguna de estas opciones sea posible, también tendrá la posibilidad de adquirir el billete en el tren.


-  Un viaje en condiciones seguras:

Las compañías ferroviarias, los encargados de las infraestructuras y los gerentes de las estaciones están obligados por ley a aplicar las medidas adecuadas para asegurar su seguridad personal en las estaciones y en los trenes.

-  Servicio en igualdad de condiciones para pasajeros con movilidad reducida:
 Si tiene una discapacidad o si su movilidad es reducida, tiene derecho a viajar sin dificultades. Tiene derecho a adquirir billetes y a efectuar reservas sin coste adicional. A fin de clarificar las condiciones de acceso, las compañías ferroviarias y los gerentes de estaciones han de desarrollar y aplicar normas de acceso no discriminatorias.  

-  Información sobre accesibilidad para pasajeros con movilidad reducida:

A su petición, las compañías ferroviarias, los emisores de billetes y los operadores turísticos deberán informarle sobre la accesibilidad al servicio de transporte ferroviario, las condiciones de acceso a los vagones de viajeros y de los servicios disponibles a bordo.

- Compensación en caso de lesión y muerte y responsabilidad por el equipaje:

Cuando la causa de muerte o lesión esté dentro del ámbito de control de la compañía ferroviaria, Usted o sus familiares tienen derecho a una compensación por la pérdida o los daños que resulten de la muerte o las lesiones personales.

La compañía ferroviaria será responsable en cada caso de:

- pérdida de o daños al equipaje de mano en caso de muerte/lesión personal.

-  pérdida  o daños a equipaje facturado

- Protección ante compañías ferroviarias que incumplen sus obligaciones:

De acuerdo con la legislación de la Unión Europea sobre los derechos de los pasajeros, las compañías ferroviarias están obligadas a suscribir una póliza de seguro que cubra sus responsabilidades, frente a los pasajeros y a su equipaje. Por tanto, estará protegido contra cualquier incumplimiento de las obligaciones por parte de la compañía de transporte ferroviario.


Otros derechos que aplican a todos los servicios de transporte ferroviario internacionales:

Para más información sobre sus derechos en relación a los servicios nacionales de larga distancia, regionales, suburbanos y urbanos, puede contactar con la(s) compañía(s) ferroviaria(s), la compañía emisora del billete, o los  Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado en su país.



SUS DERECHOS COMO PASAJERO CUANDO VIAJA EN OTROS MEDIOS
  
La Comisión adoptó propuestas en diciembre de 2008 sobre los derechos de los pasajeros en transporte por mar o vías navegables, y transporte en autocar o autobus.

Dependiendo de qué tan pronto el Parlamento Europeo y el Consejo Europeo aprueben estas propuestas, los derechos de los pasajeros de estos medios de transporte adicionales podrán entrar en vigor en los próximos años.

Una mejor protección de los pasajeros mejorará la imagen del transporte público y fomentar una sana competencia entre los operadores para que desarrollen un servicio de transporte europeo competitivo y atractivo.

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