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miércoles, 12 de marzo de 2014

Contratos TIC. Recordatorio de otro post. Fundetec ha elaborado un conjunto de 30 contratos estándar a la hora de contratar productos y servicios relacionados con las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), para que pymes y autónomos de toda España puedan utilizarlos de forma gratuita.



Su objetivo es favorecer la confianza en los proveedores, garantizar sus derechos como clientes y superar la barrera del desconocimiento cuando necesiten implantar las tecnologías en sus negocios. 

§         ARRENDAMIENTO DE EQUIPOS
§         ASP
§         AUDITORÍA INFORMÁTICA
§         CENTRALITA VIRTUAL
§         COLABORACIÓN INFORMÁTICA
§         DESARROLLO DE PÁGINA WEB
§         DIFUSIÓN DE PROGRAMA
§         DISTRIBUCIÓN
§         ENTREGA DE PROGRAMA
§         ESCROW
§         HOSTING
§         INTERCAMBIO DE ENLACES
§         LICENCIA DE USO
§         LLAVE EN MANO
§         MANTENIMIENTO INFORMÁTICO
§         OUTSOURCING
§         RED DE DATOS
§         SUMINISTRO DE CONTENIDOS
§         TELEFONÍA
§         TIENDA VIRTUAL

§         TPV VIRTUAL

domingo, 31 de marzo de 2013

Contratación electrónica por empresas: legislación y jurisdicción competentes




La aceptación masiva de Internet como medio a través del cual concluir contratos ha tenido una consecuencia muy clara, la internacionalización de los mismos y por tanto del comercio electrónico.

A su vez, en medio de esta avalancha de contratación electrónica ha proliferado un tipo de contrato que limita la libertad contractual, el de adhesión. En estos contratos una parte únicamente puede aceptar las condiciones que la otra le impone.

En este escenario, con un comercio electrónico internacionalizado y un escaso margen para negociar, sigue obviamente existiendo conflictividad. Y al darse una controversia entre las partes surge una pregunta ¿en qué estado debo demandar y qué ley aplico?

Se intenta dar respuesta a esa pregunta mediante algunas pautas básicas, en función de si la empresa contrata como tal (una relación B2B) o lo hace como consumidor (algo factible si actúa en ámbito ajeno a su actividad profesional y que lo situaría en una relación de tipo B2C). Estar frente a un caso o el otro cambia las reglas a aplicar.

Finalmente, se señala la legislación aplicable y la jurisdicción competente, en principio y de acuerdo a lo que señalan sus respectivos términos y condiciones, de 14 servicios populares en el día a día de la empresa media, desde Gmail a LinkedIn, pasando por Instagram, Twitter, Wordpress o Mailchimp, entre otros.


martes, 22 de noviembre de 2011

Contrato de confidencialidad. Modelo



Fotografía de Chema Madoz 


Contrato de confidencialidad

El contrato o acuerdo de confidencialidad es aquel que se firma cuando se va a tratar un tema que requiere discreción y se trata de evitar que las partes implicadas puedan utilizar la información para sus propios fines.

Se suele firmar un contrato de confidencialidad cuando, por ejemplo, cuando un cliente de relevancia se dispone a compartir información confidencial con la empresa o con otros socios (bien sea sobre infraestructuras, planes de lanzamientos, datos de clientes, etc.…).

lunes, 31 de octubre de 2011

Contrato de Leasing





Es un contrato que combina el arrendamiento con la opción de compra. Denominado también leasing financiero y arrendamiento financiero, se perfecciona entre el empresario leasing o arrendador financiero y el usuario o arrendatario financiero: el primero se compromete a entregar una cosa de su propiedad al segundo, que la podrá utilizar a cambio de un precio pagado periódicamente durante un plazo determinado (habitualmente, treinta y seis meses). Al concluir éste, el usuario tendrá un derecho de adquisición de la propiedad de la cosa hasta entonces arrendada, mediante el pago de una cantidad residual. Los gastos de mantenimiento son a cargo del usuario.

jueves, 22 de septiembre de 2011

Contrato de Arrendamiento. ( Parte III )


MODELOS DE CONTRATO



Contrato de arrendamiento de vivienda

REUNIDOS

De una parte, D. , mayor de edad, , de nacionalidad , vecino de , con domicilio en , y con DNI núm (en adelante, el "ARRENDADOR").

De otra, D. , mayor de edad, , de nacionalidad , vecino de , con domicilio en , y con DNI núm (en adelante, el "ARRENDATARIO").

miércoles, 21 de septiembre de 2011

Contrato de Arrendamiento. (Parte II )





DURACIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

La ley española establece que la duración inicial del contrato será la que libremente pacten los contratantes. En los casos en que la duración del contrato sea inferior a cinco años, el arrendatario tendrá derecho a prorrogar anualmente el contrato hasta que se cumplan los cinco años, y puede desistir de la prórroga en cualquier momento, para lo cual deberá notificarlo con, al menos, un mes de antelación.

martes, 20 de septiembre de 2011

Contrato de Arrendamiento. ( Parte I )





Por contrato de arrendamiento o de alquiler entendemos, aquel en el que un arrendador cede el uso y disfrute de una determinada propiedad por un tiempo determinado y a cambio de una renta. Como cualquier tipo de contrato, en el contrato de arrendamiento o de alquiler hay una serie de consideraciones que hay que tener en cuenta a la hora de formalizarlo.