lunes, 2 de abril de 2012

Sobre Protección de Datos. Iniciativas de la CE




El grupo de autoridades europeas de protección de datos (Grupo de Trabajo del Artículo 29) ha aprobado, durante su sesión plenaria del 22 y 23 de marzo celebrada en Bruselas con la participación del director de la AEPD, José Luis Rodríguez Álvarez, (en la foto)  un dictamen sobre las propuestas de reforma del marco normativo europeo de protección de datos de la Comisión Europea.

El Grupo de autoridades ofrece en el dictamen sus conclusiones generales tras el análisis de las propuestas y pone de relieve las áreas de preocupación y sugerencias de mejora.

En líneas generales el Grupo de autoridades europeas de protección de datos da la bienvenida a las propuestas presentadas por el Comisión Europea, que buscan reforzar los derechos de los interesados, para mejorar la responsabilidad de las empresas y fortalecer la posición de las autoridades de protección de datos, a nivel nacional e internacional.

El dictamen señala que, sin perjuicio de seguir mejorando, las normas propuestas pueden reducir significativamente la fragmentación existente y reforzar la protección de datos en Europa. El Grupo de Trabajo hace un llamamiento al Consejo y los miembros del Parlamento Europeo para aprovechar la oportunidad para mejorar las propuestas y la protección de los datos personales en la Unión Europea.

El Grupo de Trabajo, en particular, acoge con satisfacción la inclusión de disposiciones que incentiven a los responsables a invertir en materia de protección de datos (como en evaluaciones de impacto para la privacidad, privacidad en el diseño y en la privacidad por defecto), así como las propuestas de clarificar los principios de responsabilidad y la rendición de cuentas en el tratamiento de los datos personales.

Ventanilla única empresarial

El Grupo de Autoridades se muestra a favor de desarrollar el concepto de “ventanilla única” para las empresas, con una “autoridad líder” designada en función del lugar en el que la compañía tenga su establecimiento principal en Europa. Al mismo tiempo, acoge también favorablemente la existencia de una clara obligación para las autoridades de protección de datos de cooperar entre sí y de utilizar el “mecanismo de consistencia” previsto en el Reglamento para asegurar que éste se aplica coherentemente en los casos en que ciudadanos de varios Estados Miembros pueden verse afectados por operaciones de tratamiento de datos. Ello debe conducir a una interpretación y aplicación consistente del marco legal de la UE y, consecuentemente, creará seguridad jurídica.

Sin embargo, el Grupo entiende que para que el modelo pueda funcionar, debe aclararse el modo en que se determina el país en que una compañía multinacional tiene su establecimiento principal. Esta determinación es importante, porque la noción de “establecimiento principal” tiene como principal finalidad la de poder establecer qué autoridad nacional de protección de datos debe actuar como “autoridad líder” en un caso particular o para una compañía concreta. Asimismo, hay que definir mejor las competencias de las demás autoridades de protección de datos implicadas.

 Debe quedar claro en todo caso que la competencia de una autoridad líder no es exclusiva. Ello significa que la competencia de la autoridad líder está sometida a las obligaciones de cooperar, proporcionar y aceptar asistencia recíproca, hacer uso del mecanismo de consistencia y actuar de acuerdo con las demás autoridades de protección de datos

El Grupo de Autoridades también manifiesta preocupación sobre el papel protagonista que asume la Comisión en las propuestas, tanto a través del uso de actos delegados o de ejecución como en casos individuales que deben ser tratados por las autoridades de supervisión en el Consejo Europeo de Protección de Datos en el marco del mecanismo de consistencia.

En relación con la Directiva sobre protección de datos en el ámbito policial y judicial penal, el Grupo de Autoridades lamenta la falta de ambición de la Comisión y subraya la necesidad de unas disposiciones más rigurosas. El Grupo está particularmente preocupado ante la ausencia de la Directiva de principios de protección de datos tan importantes como la limitación de los periodos de retención, transparencia y exactitud y los datos personales.

El Grupo de Trabajo, en la Opinión, trata también el ámbito de aplicación de la propuesta de Directiva y su coherencia con el Reglamento, entre otros temas en relación con los derechos de los interesados y las obligaciones de los responsables. Además, el Grupo valora el régimen de transferencias internacionales y la introducción de posibilidades muy amplias para excluir la aplicación de este régimen.

Por último, el Grupo de Autoridades demanda una evaluación independiente del incremento de los costes para las autoridades de protección de datos con vistas a asegurar que estas autoridades pueden desarrollar eficazmente las más amplias funciones que tanto el Reglamento como la Directiva les atribuyen.



Fotografía Carla Fuentes trabajando en un mural.






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