jueves, 27 de septiembre de 2012

El Gobierno ofrecerá a Bruselas, el día 8 de octubre, la unidad de mercado como la máxima gran reforma (Suponemos que la aprobación de la Ley de emprendedores.)




El objetivo es presentar al Eurogrupo del próximo 8 de octubre un calendario concreto para la aprobación de las próximas reformas.

Una de las normas de mayor trascendencia que exige Europa es la de la unidad de mercado. Se trata de derogar buena parte de la legislación autonómica, local e incluso estatal que provoca que una empresa tenga que cumplir normativas distintas dependiendo de la región en la que se instale, aumentando sus costes y mermando considerablemente su competitividad.

De hecho, según un informe de la CEOE, esta maraña legislativa le cuesta unos 45.000 millones de euros a la economía española cada año. Hay inversiones y negocios que dejan de instalarse por este enorme coste. El objetivo es que vuelva a haber normas comunes en toda España para abrir negocios, etiquetar productos, y un largo etcétera de exigencias a las que se enfrentan cada día las empresas. Y hay modelos a seguir. Comercio estudia el de Canadá y el de Alemania para implantarlo en España.

El Ejecutivo avanzará también en la polémica liberalización de los servicios profesionales, aunque sin acabar con la colegiación obligatoria. (Noticia de ABC)

La ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, ha anunciado que en próximas semanas el Gobierno pondrá en marcha la Ley de Emprendedores, "en la que se detallarán todas las iniciativas que ha desarrollado para este colectivo".

A la espera de la aprobación de la Ley de emprendedores pueden consultar la  información basada en la Proposición de Ley de Apoyo a los Emprendedores presentada 29-06-2011.

La futura Ley de Emprendedores contempla:

Exposición de motivos

CAPÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.Objeto de la Ley

Artículo 2.Definición de emprendedor

Artículo 3.Excepciones
 
Artículo 4.Objeto social del emprendedor

CAPÍTULO II. SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA PARA LA CREACIÓN DE EMPRESAS, IMPACTO REGULATORIO Y UNIDAD DE MERCADO

Artículo 5.Punto de Activación Empresarial para Emprendedores

Artículo 6.Simplificación para la creación de empresas

Artículo 7.Memoria de impacto regulatorio sobre el sector empresarial

Artículo 8.Unidad de mercado

CAPÍTULO III. REGULACIÓN DE LOS INVERSORES PRIVADOS INFORMALES, CAPITAL-RIESGO INFORMAL O BUSINESS ANGELS

Artículo 9.Definición de Inversores privados informales, capital riesgo informal o Business Angels

Artículo 10.Inversión máxima

Artículo 11.Redes de Business Angels

Artículo 12.Supervisión de las redes de Business Angels

Artículo 13.Incentivos fiscales a los Business Angels

CAPÍTULO IV. FINANCIACIÓN DE LOS EMPRENDEDORES

Artículo 14.Creación del Fondo de Capital Semilla Mixto Público-Privado

Artículo 15.Microcréditos

Artículo 16.Capitalización de la prestación por desempleo

Artículo 17.Dinamización del sector del capital riesgo

Artículo 18.Fomento de las Sociedades de Garantía Recíproca

Artículo 19.Préstamos participativos

CAPÍTULO V. INCENTIVOS FISCALES AL EMPRENDEDOR
 
Artículo 20.Modificación del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades

Artículo 21.Modificación de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio

Artículo 22.Reducción de los efectos de la morosidad en las operaciones comerciales 

Artículo 23.Determinación del rendimiento neto en el método de estimación directa simplificada 

CAPÍTULO VI. MERCADO DE TRABAJO
  
Artículo 24.Apoyo a la contratación indefinida

Artículo 25.Flexibilidad interna de la empresa. Modificación del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores

Artículo 26.Regulación del teletrabajo

Artículo 27.Modificación de la Ley 45/2002, de 12 de diciembre, de reforma del sistema de protección por desempleo

Artículo 28.Modificación del Real Decreto-Ley 10/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo

CAPÍTULO VII. FORMACIÓN Y EMPRENDIMIENTO

Artículo 29.Modificación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación

Artículo 30.El emprendedor en las enseñanzas universitarias

Artículo 31.Formación de emprendedores fuera de los centros educativos

Artículo 32.Derecho a la formación profesional

DISPOSICIONES ADICIONALES
  
Disposición Adicional Primera. Eliminación de la obligación de depósito de las cuentas anuales de determinadas empresas de reducida dimensión

Disposición Adicional Segunda. Creación de un mercado de valores para pequeñas y medianas empresas

Disposición Adicional Tercera. Fomento de la I+D+i 

Disposición Adicional Cuarta. Subvenciones nominativas 

Disposición Adicional Quinta. Mejora de la bonificación de las cotizaciones a la Seguridad Social 

Disposición Adicional Sexta. Agrupaciones de Interés Económico para la Investigación, desarrollo e innovación

Disposición Adicional Séptima. Reducción de la carga administrativa soportada por las empresas

Disposición Adicional Octava. Captación y contratación de talento extranjero

Disposición Adicional Novena. Cualificaciones y formación profesional

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Disposición Transitoria Única. Creación de una línea ICO-emprendedores

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Disposición Derogatoria Única 

DISPOSICIONES FINALES

Disposición Final Primera. Medidas adicionales contra la morosidad

Disposición Final Segunda. Reducción de módulos en el IRPF e IVA para PYMES y autónomos

Disposición Final Tercera. Aplicación del tipo súper reducido a las actividades turísticas

Disposición Final Cuarta. Transmisión de empresas familiares

Disposición Final Quinta. Entrada en vigor

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