El decreto-ley, que ha entrado en vigor este domingo, contempla medidas
en varios ámbitos: la estrategia de emprendimiento joven, apoyos fiscales a la
iniciativa emprendedora, medidas de apoyo a la financiación de pymes y
autónomos, medidas de lucha contra la morosidad y la ampliación del pago a
proveedores, así como medidas de liberalización en el sector ferroviario y en
el de hidrocarburos Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de
apoyo al emprendedor y de
estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.
Apoyos fiscales al crecimiento empresarial
Aplicación
del IVA de caja para PYMES
Se crea un régimen especial en el IVA, de
carácter voluntario, que permita evitar ingresar el IVA hasta que se cobre la
factura, sustituyendo el tradicional criterio de devengo (facturación) por el
de cobro y pago a todas las operaciones de la PYME.
Se aplicará a PYMES y autónomos no sujetos al
régimen de módulos con un volumen de negocio inferior a 2 millones de euros,
como establece la normativa europea.
Los clientes y proveedores de la PYME deberán utilizar el
criterio de caja.
Esta medida será aplicable a partir del 1 de
enero de 2014.
Se podrán beneficiar casi 1.300.000 autónomos y más de 1 millón de PYMES.
Fomento
de la reinversión en la actividad económica de los beneficios
Las empresas con un volumen de negocio inferior a
10 millones de euros podrán deducirse hasta un 10% en la cuota íntegra del IS
de los beneficios obtenidos en el período impositivo que se reinviertan en la
actividad económica.
Incentivos
fiscales a la calidad del crecimiento a través de la innovación empresarial
Se permite que las deducciones por I+D+i que no
hayan podido aplicarse en un ejercicio puedan recuperarse mediante un sistema
único en España de devoluciones.
Será el único incentivo fiscal del impuesto que
no esté condicionado a la existencia de cuota del Impuesto sobre Sociedades,
pero vinculado a la creación o el mantenimiento de empleo.
Apoyos fiscales a la iniciativa emprendedora
Tributación reducida de sociedades de nueva creación y autónomos durante los dos primeros
ejercicios de actividad.
Las sociedades de nueva creación
tributarán a un tipo reducido del 15% durante los dos primeros ejercicios en
que se obtengan resultados positivos.
Los autónomos que inicien actividades
económicas podrán aplicar una reducción del 20% en los rendimientos netos que
obtengan durante los dos primeros ejercicios en que se obtengan resultados
positivos.
Canalización de recursos a la actividad emprendedora
El inversor particular que participe
temporalmente en empresas nuevas o de reciente creación aportando, o capital
financiero exclusivamente (capital semilla), o capital financiero acompañado de
sus conocimientos empresariales o profesionales para el desarrollo de la
actividad de la sociedad en la que invierten (inversor de proximidad o
“business angel”) tendrá un doble incentivo fiscal:
a) Una deducción del 15% en la cuota
estatal en el IRPF con ocasión de la inversión realizada al entrar en la
sociedad, con un funcionamiento similar a la deducción en vivienda habitual.
b) Una exención parcial de la
plusvalía (50%) al salir de la sociedad, siempre y cuando se reinvierta en otra
entidad de nueva o reciente creación.
La inversión deberá ser temporal, de
manera que deban transmitirse las acciones entre el tercer y el noveno año de
tenencia de la participación.
Fomento del autoempleo en régimen de autónomos
Los desempleados que decidan
establecerse como autónomos podrán beneficiarse de la exención completa en el
IRPF de las prestaciones por desempleo cuando el abono de la prestación sea en forma de pago único (hasta ahora están
exentos solo hasta 15.500€).
Apoyo a la financiación por 45.000
millones de euros
Apoyo a
la financiación bancaria en 32.000 millones de euros
Líneas de Mediación del ICO, con una dotación de
22.000 millones de euros.
Impulso a la estrategia de negocio dirigida a
PYMES por las entidades bancarias saneadas, 10.000 millones de euros.
Sistemas
públicos de avales y garantías para la financiación bancaria que permitirán
movilizar 1.720 millones de euros.
Refuerzo del capital de CERSA.
Creación de una Línea de avales CESCE para PYMES.
Impulso
de la desintermediación bancaria y al capital riesgo, movilizando fondos por
2.176 millones de euros
Constitución de un Fondo de Fondos encargado de
licitar y adjudicar inversiones entre gestoras de capital riesgo en áreas y
sectores vinculados a la internacionalización y la mejora de la competitividad.
Creación de la Red Nacional de
Incubadoras de Empresas
Refuerzo de los programas de préstamos
participativos en empresas
Impulso a los business angels o inversiones
informales
Mejora del acceso a fondos para la implantación
de PYMES españolas en el exterior.
Facilitación
del acceso a los mercados de capitales para movilizar 3.300 millones de euros
Flexibilización del acceso al Mercado Alternativo
Bursátil.
Creación del Mercado Alternativo de Renta Fija
(MARFI).
Creación de la Línea de mediación de pagarés y bonos de empresa
para facilitar la puesta en marcha del MARFI.
Fondo de
Titulización de préstamos a PYMES
Con una dotación de 3.000 millones de euros para
avalar emisiones de fondos de titulización de préstamos a PYMES.
Ampliación
del Plan de Pago a Proveedores
Con una dotación de 2.684 millones de euros.
Se podrán adherir las Entidades Locales de País
Vasco y Navarra incluidas en el modelo de participación en tributos del Estado
y determinadas entidades locales distintas del municipio.
Se incluyen también obligaciones pendientes de
pago derivadas de contratos de gestión de servicios públicos, bajo la modalidad
de concesión, para facturas anteriores al 31/12/11.
Medidas
de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales
Se establece un plazo de pago de 30 días para
todas las operaciones privadas, ampliables como mucho a los 60 y se aumentan
los intereses de demora.
A su vez, las Administraciones Públicas en sus
Planes de Ajuste deberán establecer una senda de reducción de sus deudas con
proveedores, que será vigilada muy estrechamente.
Ley reguladora de la facturación electrónica en
las AA.PP.
Estímulo a la actividad emprendedora
Fomento
de la cultura y la iniciativa emprendedora en los diferentes niveles educativos
Contenidos mínimos de los distintos niveles
educativos que fomenten el desarrollo de su creatividad, el trabajo en equipo y
el espíritu emprendedor.
Medidas para la formación permanente del
profesorado.
Tarifa
plana de 50€ en la cotización a la Seguridad Social
Para menores de 30 años y nuevos autónomos que
inicien una actividad por cuenta propia durante los primeros 6 meses.
Posteriormente, durante los 6 meses siguientes,
se les aplicará una reducción en la base mínima de cotización del 50% y,
durante los 18 meses siguientes, una
reducción y una bonificación de un 30%, que se amplia en el caso de las mujeres
hasta los 35 años.
Compatibilización
de la prestación por desempleo con el inicio de una actividad por cuenta
propia.
Durante un máximo de 9 meses la percepción de la
prestación por desempleo será compatible con la situación de alta en el Régimen
Especial de Trabajadores Autónomos, para menores de 30 años.
Ampliación
de las posibilidades de capitalización del desempleo para iniciar una actividad
emprendedora
Los beneficiarios de prestaciones por desempleo
menores de 30 años podrán capitalizar hasta el 100% de su prestación para
realizar una aportación al capital social de una sociedad mercantil, siempre y cuando
se establezca una vinculación profesional o laboral de carácter indefinido.
Igualmente se abre la posibilidad a que la
capitalización de la prestación por desempleo pueda utilizarse para adquirir
servicios de asesoramiento, formación e información, así como para cubrir los gastos
de constitución de una nueva sociedad.
Facilitación
de la creación de empresas
Creación de la figura del “emprendedor de
responsabilidad limitada”, mediante la cual las personas físicas podrán ver
limitada su responsabilidad por deudas derivadas de su actividad profesional o empresarial,
no viéndose afectados determinados bienes tales como la vivienda o vehículos de
uso familiar.
Facilitación
de la segunda oportunidad empresarial
Establecimiento de un mecanismo ágil, sencillo y
barato que abra, para los ciudadanos, empresarios individuales y sociedades de
menor dimensión, una vía alternativa al concurso judicial, que sea más flexible,
más amplia y más adaptada a las necesidades de estos colectivos que los
acuerdos de refinanciación.
Mejora de la red de seguridad de los autónomos
menores de 30 años para facilitar una segunda oportunidad, permitiendo reanudar
el cobro de la prestación por desempleo tras realizar una actividad por cuenta
propia si antes del quinto año se produce una baja en el régimen de autónomos.
Agilización
de trámites para la creación de empresas
Agilización de los trámites municipales para el
ejercicio de actividades económicas a través de la reforma de la Administración Local.
Lanzamiento del portal “Emprende en tres”, que
permitirá a los emprendedores tramitar, de forma más sencilla y accesible, los
trámites municipales necesarios para el inicio de actividades económicas sometidas
a declaración responsable o comunicación.
Empleabilidad
Mejora de la empleabilidad de los jóvenes
Desarrollo de estímulos para que los
jóvenes desempleados puedan obtener el título de Educación Secundaria
Obligatoria, mejorando su capacitación y ampliando sus posibilidades de acceso
al mercado de trabajo.
Se extenderán los programas
formativos dirigidos a la obtención de certificados de profesionalidad y con
compromiso de contratación.
Estímulos a la contratación de los jóvenes hasta que la tasa de
paro se sitúe por debajo del 15%
Reducción de la cuota de la empresa a
la Seguridad Social
en un 75% para empresas de más de 250 trabajadores y del 100% para el resto,
para la contratación a tiempo parcial con vinculación formativa para menores de
30 años sin experiencia laboral previa, que provengan de sectores donde no haya
demanda de empleo o que se encuentren desempleados desde hace más de 12 meses.
Reducción del 100% de la cuota de la
empresa a la
Seguridad Social por contingencias comunes durante el primer
año cuando se contrate de forma indefinida a un desempleado menor de 30 años.
Podrán beneficiarse los autónomos y
las empresas de hasta nueve trabajadores.
Contrato “primer empleo joven”, temporal de 6 meses para menores de 30 años
desempleados, con incentivos a su trasformación en indefinido.
Incentivos al contrato en prácticas
para el primer empleo, para que aquellos jóvenes que han terminado su periodo
formativo puedan tener una primera experiencia laboral vinculada a su titulación.
Mejora de la intermediación laboral
Impulso con las Comunidades Autónomas
a la colaboración público-privada para la intermediación en el ámbito de los
servicios públicos de empleo.
Autorización a las Empresas de
Trabajo Temporal a formalizar contratos para la formación y el aprendizaje, aprovechando
así sinergias pues muchas ETTs ya prestan servicios de formación.
Portal Único de Empleo que facilite
la búsqueda de empleo y donde se alojará toda la información de utilidad para
orientar a los jóvenes y poner a su alcance todas las herramientas que
faciliten la búsqueda de empleo o el inicio de una actividad empresarial
Competitividad
Ley de Garantía de la
Unidad de Mercado
La próxima aprobación de la Ley permitirá que cualquier
producto o servicio producido al amparo de cualquier normativa autonómica pueda
ser ofertado en todo el territorio nacional sin necesidad de trámite adicional.
Los operadores necesitarán la licencia de una sola Comunidad Autónoma y podrán
operar por todo el territorio nacional.
Todas las Administraciones Públicas
compartirán una única base de datos electrónica para ejercer labores de control
y supervisión.
El Consejo para la Unidad de Mercado acogerá a
Administración General y CC.AA. para velar por el cumplimiento de la norma
Se establece un procedimiento ágil de
resolución de conflictos con la participación de la futura CNMC
Medidas
de reducción y simplificación de cargas administrativas
Adopción e implantación del séptimo Acuerdo para
la reducción de cargas administrativas.
Con un horizonte temporal de dos años. Permitirá
a ciudadanos y empresas ahorrar más de 1.000 millones de euros en costes de
tiempo e indirectos derivados de los trámites administrativos, que hasta ahora
tenían que emplear en burocracia y trámites administrativos.
Reforma
en profundidad de diferentes sectores económicos estratégicos
Sector energético
Infraestructuras ferroviarias
Transporte
y logística
Rehabilitación,
regeneración y renovación urbana
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