Por
Resolución de 15 de octubre de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría
de Cuentas, se han publicado las nuevas Normas Técnicas de Auditoría, resultado
de la adaptación de las Normas Internacionales de Auditoría para su aplicación
en España (NIA-ES), con el objeto de converger con la práctica internacional. A
estos efectos, por normas internacionales de auditoría (NIA, en adelante) se
entienden, de acuerdo con la definición dada en el artículo 2.11 de la citada
Directiva, las emitidas por la
IAASB (International Auditing and Assurance Standards Board),
de la IFAC
(International Federation of Accountants).
La
citada adaptación de las NIA ha comprendido la serie de normas de la 200 a 700,
que se refieren a la auditoría de «estados financieros», entendiéndose como
tales, con
carácter
general, las cuentas anuales, las cuentas consolidadas o estados financieros intermedios;
si bien, dicha definición también es aplicable a un solo estado financiero integrante
de los anteriores, con sus notas explicativas. Sin embargo, en la citada adaptación
de las NIA no se incluyó la NIA
805, «consideraciones especiales-auditoría de un solo estado financiero o de un
elemento, cuenta o partida específicos de un estado financiero», que trata de
las consideraciones especiales para la aplicación de las NIA a la auditoría de
un solo estado financiero o de un elemento, cuenta o partida específicos de un
estado financiero.
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