Jim Lind |
La Retención de IRPF es un Impuesto directo
que grava la renta de las personas físicas (trabajo personal,
rendimientos del capital, etc.), se tiene en cuenta el cómputo de hijos,
situación personal etc., según lo que determina la Agencia Tributaria.
En
las Diputaciones Forales de Gipuzkoa, Alava, Bizkaia y Navarra, los porcentajes de retención sobre los
rendimientos de trabajo se obtienen de las tablas de
retenciones publicadas en sus boletines oficiales de cada Hacienda Foral.
Para
el resto de las Comunidades, que no se rigen por la tabla de Retenciones,
existe un a aplicación para efectuar el cálculo de IRPF.
Para
realizar el cálculo del porcentaje a aplicar, se tienen en cuenta, por un
lado, las retribuciones dinerarias y en especie que sean previsibles, y por
otro, el número de descendientes por los que se tenga derecho a deducción.
Durante
el año si se producen variaciones
en la cuantía de las retribuciones, se calculará un nuevo porcentaje, el
cual, se aplicará a partir de la fecha en que se produzcan las modificaciones.
En los contratos menores al año la retención no podrá ser inferior al 2%.
Tabla Retención IRPF 2012, Agencia Tributaria Estatal
Para
obtener el porcentaje de retención sobre rendimientos de trabajo, y se
rigen por la Hacienda
Estatal debemos descargar la aplicación para efectuar el cálculo de
IRPF que propone la Agencia Estatal, ya que en este caso, no existe tabla de
retenciones.
Tabla Retención IRPF 2012, Diputaciones Forales
En
las Diputaciones Forales de Gipuzkoa, Alava, Bizkaia y Navarra los porcentajes
de retención sobre los rendimientos de trabajo se obtienen de las tablas de retenciones publicadas por cada
Hacienda Foral.
Para
ello se tienen en cuenta,
por un lado, las retribuciones
dinerarias y en especie que sean previsibles, y por otro, el número de descendientes por
los que se tenga derecho a deducción.
Cuando durante el año se produzcan variaciones en la cuantía de las retribuciones, se calculará un nuevo porcentaje, el cual, se aplicará a partir de la fecha en que se produzcan las modificaciones.
En
los contratos menores al año la
retención no podrá ser inferior al 2%.
La
retención de IRPF se obtiene sobre los rendimientos del trabajo. Será el
resultado de aplicar a la percepción íntegra anual el porcentaje que
corresponda. De acuerdo con la tabla publicada por la Hacienda Foral de
Gipuzkoa.
La tabla de retención, obtenida del Decreto Foral 83/2011 de 27 de diciembre de 2011, detalla los porcentajes de retención aplicables a los rendimientos del trabajo a partir del 1 de enero de 2012.
La tabla de retención, obtenida del Decreto Foral 83/2011 de 27 de diciembre de 2011, detalla los porcentajes de retención aplicables a los rendimientos del trabajo a partir del 1 de enero de 2012.
Desde
el 1 de enero de 2012, se aplica la tabla con los porcentajes de IRPF
perteneciente a la
Diputación Foral de Bizkaia publicada en el Decreto Foral 210/2011,
de 20 de diciembre. En ella, muestra a cada escala de retribuciones, teniendo
en cuenta el número de descendientes del perceptor y rendimientos de trabajo.
La
tabla con los porcentajes de retención correspondiente a Diputación Foral de
Alava, publicada en el Decreto Foral 78/2011 de 27 de diciembre de
2011. Es aplicable a los rendimientos del trabajo, a partir del 1 de enero de
2012.
La
tabla de retención de IRPF, obtenida en el Decreto Foral 18/2006, publicada el día 27 de
diciembre de 2006, no ha sido modificada, por ello sigue siendo aplicable, con
carácter general, a los rendimientos del trabajo a partir del 1 de enero de
2012.
http://actuable.es/peticiones/casilla-apoyo-la-ciencia-la-declaracion-la-renta
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