El
representante de la Abogacía
europea muestra su preocupación por la
Ley 10/2012 de Tasas Judiciales porque los motivos alegados
para su promulgación por el Ministerio de Justicia son inconsistentes. "Ni
la intención disuasoria de una litigiosidad injustificada, ni la de financiar
el servicio de la
Asistencia Jurídica Gratuita bastan para ello", asegura
Lutz Simon en las cartas. La FBE
considera que la Justicia
es un servicio de naturaleza exclusivamente pública y constituye un bien
general, por lo que debe ser financiada fundamentalmente con impuestos
directos.
Simon
denuncia que "constituye una injusticia flagrante que los ciudadanos
–cuyos derechos civiles, sociales o económicos son violados- tengan además
sobre sus hombros la carga de pagar la Justicia Gratuita
de otros ciudadanos mediante una tasa judicial adicional de cuantía
elevada".
La
abogacía europea detecta los dos principales problemas que genera la ley de
tasas judiciales: sus cuantías económicas son desorbitadas siendo un obstáculo
insalvable para el acceso a la
Justicia de la mayoría de la población española y contiene
normas que vulneran el principio de interdicción de la arbitrariedad de los
Poderes Públicos establecido por el artículo 9.3 de la Constitución Española.
En
la carta dirigida a Ruiz Gallardón, la
FBE muestra su satisfacción porque se haya "modificado
algunos de los preceptos de la Ley
de Tasas, siguiendo los consejos de la Defensora del Pueblo, pero estas modificaciones
son insuficientes". Además, censura al Ministerio de Justicia por no
haberse producido un proceso negociador sobre las materias reformadas con el
Consejo General de la
Abogacía Española y los colegios de abogados españoles.
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