¿No
está prohibido utilizar cookies?
No. Lo que sí está prohibido es utilizarlas sin
cumplir con los requisitos legales.
¿Cuáles
son dichos requisitos legales?
Para
determinados usos de cookies existe la obligación de ofrecer
una serie de información y de obtener el consentimiento previo de los usuarios
de la web antes de que se le “instalen” lascookies.
¿Qué
riesgos jurídicos existen?
El
más claro es que si el incumplimiento de las obligaciones sobre cookies es leve
(por ejemplo ofrecer información incompleta) las sanciones administrativas
pueden ser de hasta 30.000€ pero si la infracción es grave (por ejemplo
no ofrecer ninguna información ni obtener el consentimiento de los usuarios)
pueden ser sanciones de hasta 150.000€. Hay quien ha apuntado incluso
hipotéticas responsabilidades penales pero esta opinión es una postura
actualmente muy minoritaria. En cambio, aunque aún no constan casos, es más
probable que en el futuro sí haya sanciones vinculadas a incumplimientos
respecto al tratamiento de los datos personales obtenidos a través de las Cookies (es
decir, incumplimientos vinculados no al uso de Cookiessino a la no
aplicación de la Ley
Orgánica de Protección de Datos Personales –LOPD- a los datos
recogidos por dichas vías).
¿Cumplo
con la Ley si
simplemente añado un Banner o Pop-Up informando
de que utilizo cookies?
No.
Más allá de que habría que ver si has ofrecido toda la información necesaria en
dicho Banner, hay que ofrecer otro nivel de información mucho más
detallado (que no es obligatorio que esté en dicho Banner, entre
otras cosas porque tanta información no cabría en un Banner).
Además el consentimiento informado de los usuarios par el uso de cookies debe
ser previo a la “instalación” de las mismas en el navegador del usuario. Además
habría que comprobar si ya estamos aplicando, o no, todas las obligaciones de la LOPD respecto a los datos
personales que obtengamos con dichas cookies.
Conviene
resaltar que en la actualidad la Agencia Española de protección de Datos ya ha
abierto un procedimiento sancionador contra una web que sí informaba del uso de cookies pero
lo hacía de forma negligente y las instalaba sin el consentimiento previo.
¿Tengo
que asegurarme que el usuario lea la información?
No.
La Ley sólo nos
obliga a ofrecerla a todos los usuarios para que puedan leerla
antes de prestar su consentimiento. Es probable que la mayoría de usuarios no
la lean aunque sí presten su consentimiento. Pese a ello, la información debe
ser exacta, clara y accesible pensando tanto en el pequeño porcentaje de
usuarios que sí la leerán como en que de otra forma la AEPD podría llegar a aplicar
sanciones.
¿Mis
usuarios pueden consentir de forma implícita?
Sí,
la buena noticia es que la AEPD
lo permite. Hay muchos requisitos legales pero si se cumplen y se implementan
de forma correcta la diferencia para el usuario estándar casi será
imperceptible (por ejemplo la simple incorporación de un Banner y una –menos
visible- incorporación de links a la Política de Cookies).
¿En
realidad todos los Banners y Pop-up’s dicen
lo mismo, no? ¿Puedo copiar lo que diga otra web o saber si la información de
mi web es incorrecta comparándola con otra?
No,
son Banners o Pop-up’s parecidos en su
estructura y forma pero deben estar adaptadas a cada web porque no todas las
webs utilizan las mismas cookies (por ejemplo hay webs que
utilizancookies exentas de estas obligaciones legales), ni las
utilizan de la misma forma ni para las mismas finalidades. También la Política de Cookies debe
ser distinta en función de lo indicado anteriormente. Una mala copia de un Banner podría
generar, como mínimo, un incumplimiento leve de la normativa.
Utilizo
unas cookies que creo que pueden entrar en la definición de cookies exentas
de la Ley.
¿Entonces no estoy obligado a hacer nada?
Puede
ser el caso. Sin embargo la AEPD
ha indicado que hay numerosas formas de utilizarcookies exentas (se
considera que hay 7 grandes grupos de cookies exentas) en las que el “editor
web” está extralimitándose de lo que está exento y, por tanto, debe informar y
requerir el consentimiento de sus usuarios.
¿La
información sobre cookies es algo que pueda dar sólo una vez y
olvidarme de ello?
No.
Incluso los usuarios que han prestado su consentimiento deben de poder acceder
de forma fácil a la información más detallada sobre cookies o “Políticas de
Cookies”.
¿Tengo
que pedir el consentimiento del usuario cada vez que visite mi web para
instalarle cookies?
No.
Si es seguro que tienes su consentimiento (imaginemos un caso fácil un usuario
de un Red Social que ha prestado su consentimiento para las cookies vinculadas
a las funcionalidades de su perfil personal) no debes de volver a pedírselo
salvo en determinados escenarios, por ejemplo, que modifiques la forma y
finalidades para las que utilizas las cookies.
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