Este
nuevo registro pasará a regularse en la Directiva contra el
Blanqueo de Capitales, permitirá detectar casos de evasión y conocer los
nombres y apellidos de las personas que con prácticas abusivas privan a la
población de recursos con los que financiar servicios sociales de calidad.
La
enmienda presentada aboga por que la necesidad de información precisa y
actualizada sobre el titular real es un factor clave para la
localización de los delincuentes, que, de otro modo, podrían ocultar su
identidad tras una estructura empresarial. Por consiguiente, los Estados
miembros deben velar por que las sociedades conserven información sobre su
titularidad real, mantengan registros centrales y pongan esta información a
disposición de las autoridades competentes, las entidades obligadas (bancos,
asesores fiscales, gestores de fondos, notarios) y, en el caso de estas
últimas, el público. Además, los trusts deberán declarar su condición a las
entidades obligadas.
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