El
Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado definitivamente la Ley General de Salud
Pública que garantiza la universalización de la sanidad pública, es decir, la
sanidad a todos los españoles, al mismo tiempo que regula la profesión del
psicólogo sanitario, hasta ahora no reconocida. La norma establece que tendrán
la consideración de profesión sanitaria titulada y regulada con la denominación
de Psicólogo General Sanitario aquellos licenciados/graduados en Psicología
cuando desarrollen su actividad profesional por cuenta propia o ajena en el
sector sanitario, siempre que, además del mencionado título universitario,
ostenten el título oficial de Máster en Psicología General Sanitaria.
Su
cometido se centrará en la realización de investigaciones, evaluaciones e
intervenciones psicológicas sobre aquellos aspectos del comportamiento y la
actividad de las personas que influyen en la promoción y mejora del estado
general de su salud, siempre que dichas actividades no requieran una atención
especializada por parte de otros profesionales sanitarios.
Principales características
El
propósito de esta Ley es poner en evidencia que la salud, entendida como el
bienestar físico, psíquico y social, es el resultado de numerosos factores y
condicionantes que se presentan en el ámbito familiar, social, laboral,
educativo, así como de otros factores relacionados con el medio ambiente, la
alimentación y los estilos de vida. De ahí que su enfoque se dirija a
establecer nuevas formas de organización para conformar acciones que, superando
el ámbito de los servicios sanitarios, permitan actuar para conseguir una
mejora de la salud de la población.
En
definitiva, esta Ley plantea que las actuaciones dirigidas a la mejora de la
salud deben ser un tema transversal incorporado en todas las políticas. Para
ello, establece una Estrategia de Salud Pública que definirá las áreas de
actuación sobre los factores condicionantes de la salud y que aprobará el
Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
De
este modo, todos los grupos han acordado en una enmienda transaccional que la
futura ley de Salud Pública extenderá el "derecho a la asistencia
sanitaria pública a todos los españoles residentes en territorio nacional a los
que no pudiera serles reconocido en aplicación de otras normas del ordenamiento
jurídico".
Esta
medida afecta sobre todo a aquellas personas en paro que ya han agotado la
prestación o el subsidio de desempleo y a determinados colectivos, como
abogados o arquitectos.
En
el caso de los parados, la ley establece que la extensión de este derecho sea
un hecho a partir del 1 de enero de 2012 y, para el resto de colectivo, que se
haga de forma paulatina antes de que acabe dicho año
Por
otro lado, la ley también establece la creación de una cartera de servicios
básica y común en el ámbito de la salud pública, con un conjunto de programas y
actuaciones que incluyen un calendario vacunal único y una oferta, también
única, de cribados poblacionales.
Otros aspectos de la
Ley
Por
otro lado, la futura ley también permitirá la creación de un Centro Estatal de
Salud, que se encargará del asesoramiento técnico en materia de salud pública y
la evaluación de intervenciones en salud pública en el ámbito de la Administración General
del Estado. Asimismo, llevará a cabo labores de asesoramiento técnico y
científico, y de evaluación de intervenciones de salud pública en el ámbito de
otras administraciones.
Además,
las actuaciones de salud pública tendrán en cuenta las políticas de carácter no
sanitario que influyan sobre la salud de la población y se promoverán las que
favorezcan los entornos saludables.
La
ley también establece que a los profesionales sanitarios de la salud pública se
les aplicará lo dispuesto en el título III sobre desarrollo profesional y su
reconocimiento de la Ley
44/2003 de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS),
definiéndose necesariamente la correspondiente carrera profesional.
Igualmente,
se ha acordado la creación de la
Red de Vigilancia de Salud Pública, un sistema que coordinará
los diferentes sistemas de vigilancia ya existentes e incluirá entre sus
sistemas el de alerta precoz y respuesta rápida. Este sistema tendrá un
funcionamiento continuo e ininterrumpido las 24 horas del día. Su configuración
y funcionamiento serán determinados a través de un reglamento.
Sistema de información en salud pública
La
consecución de buenos resultados en salud requiere actuaciones cuyo objetivo
sea la equidad, es decir la disminución de brechas en el nivel de salud de
distintos sectores de la población. Para poder definir políticas que disminuyan
las inequidades es necesario previamente identificarlas. Esta ley contempla la
creación del Sistema de Información en Salud Pública, que incluirá la información
relevante para la toma de decisiones y la elaboración de políticas públicas.
Otro
de los retos que afronta esta Ley es el referente a la seguridad sanitaria. La
globalización, los cambios medioambientales y el tráfico internacional de
bienes, servicios y personas, crean las condiciones favorables para la
emergencia de nuevos riesgos para la salud. En este sentido, esta Ley plantea
un sistema de alerta precoz y respuesta rápida para la detección y evaluación
de incidentes, reforzando la coordinación entre el Ministerio de Sanidad,
Política Social e Igualdad y las Comunidades Autónomas, incluidas las ciudades
de Ceuta y Melilla.
Especial atención a la prevención
El
texto pone énfasis en la importancia de las acciones preventivas y la salud
comunitaria en los servicios sanitarios, en especial en la atención primaria, y
propone actuaciones dirigidas a la coordinación de la promoción de la salud y
la prevención de enfermedades y lesiones en el Sistema Nacional de Salud.
Las
actuaciones de salud pública deberán incluir garantías de máxima calidad. Para
ello el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad establecerá y
actualizará criterios de buenas prácticas para las actuaciones de Salud Pública
y someterá a evaluación el impacto en la salud de la población de las acciones
seleccionas previamente.
Antecedentes y objetivos fundamentales
La
salud pública trata de promover la salud, prevenir la enfermedad y prolongar la
vida mediante esfuerzos organizados de la sociedad y aunque los servicios
sanitarios son imprescindibles para hacer frente a las enfermedades, no son los
principales condicionantes del estado de salud. En este sentido, existen otros
factores que influyen como el entorno familiar y social, la educación, el
diseño de las ciudades, la alimentación, etc.
En
este sentido, el derecho a la protección de la salud contenido en la Constitución española
requiere de una norma que lo complete y especifique los derechos y deberes de
los ciudadanos relacionados con la prevención, la promoción y la protección de la
salud, pues hasta la fecha las estructuras sanitarias se han centrado más en la
atención sanitaria y la resolución de enfermedades que en la prevención.
Actuaciones en salud pública
En
materia de actuaciones de prevención, promoción y protección de la salud pone
especial énfasis en la prevención de la discapacidad y en evitar intervenciones
de salud pública innecesarias o de eficacia no demostrada científicamente con
el objeto de evitar molestias innecesarias en los ciudadanos.
Planificación y coordinación
Además
de todo lo anterior, la ley contiene los elementos necesarios para la
planificación y coordinación de la salud pública en España. En este sentido, se
creará el Centro de análisis de políticas y actuaciones en salud pública, tiene
como objetivo la realización de asesoramiento técnico en materia de salud
pública y la evaluación de actuaciones de salud pública en el ámbito de la Administración General
del Estado. Asimismo, llevará a cabo labores de asesoramiento técnico y
científico y de evaluación de intervenciones de salud pública en el ámbito de
otras administraciones, instituciones o entidades interesadas.
También
se consolidará como órgano de coordinación la Comisión de Salud
Pública, dependiente del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de
Salud, para garantizar la cohesión y equidad de las actuaciones de salud
pública y su integración en todas las políticas con impacto en salud.
Por
último, también se creará el Consejo Español de Salud Pública como órgano
colegiado de consulta y participación, adscrito al Ministerio de Sanidad,
Política Social e Igualdad, en el que estarán representados los departamentos
de la
Administración General del Estado cuyas políticas inciden en
la salud y aquellas otras administraciones, organismos y organizaciones que
aseguren una adecuada gobernanza del sistema.
En
definitiva, la ley supondrá una mejora para el bienestar de la población y la
sostenibilidad de los servicios sanitarios y sociales.
Fotografía de Horacio Salinas: Interpretando la idea. Su Portafolio
No hay comentarios:
Publicar un comentario