miércoles, 23 de abril de 2014

Sobre abuso de mercado.


  
El Consejo Europeo ha dado su visto bueno a la propuesta de Reglamento sobre abuso del mercado y a la propuesta de Directiva sobre sanciones penales por abuso de mercado.

Tras la firma del Reglamento y la Directiva por los presidentes del Parlamento Europeo y el Consejo y su publicación en el Diario Oficial, prevista para junio, se iniciará un plazo de 24 meses para que la Comisión adopte las disposiciones de aplicación relacionadas con el Reglamento y para que los Estados miembros incorporen la Directiva al ordenamiento jurídico nacional.

En Bruselas se piensa que el efecto disuasivo de la legislación será mayor ahora, al contemplarse la posibilidad de imponer multas de hasta el triple del beneficio obtenido con el abuso del mercado o de un mínimo del 15 por ciento del volumen de negocio de las empresas. Los Estados de la UE pueden, además, aprobar normas más estrictas.

Las multas no podrán ser inferiores a los beneficios obtenidos con el abuso del mercado, si éstos se pueden determinar, y la multa máxima no será menor del doble de cualquier beneficio así obtenido.

El Reglamento incluye definiciones comunes para toda la UE de los delitos de abuso del mercado, como las operaciones con información privilegiada, la divulgación ilícita de información y la manipulación del mercado. En la misma línea de generalización, se establecerá un conjunto común de sanciones penales, incluidas multas y penas de prisión de un mínimo de cuatro años para las operaciones con información privilegiada y la manipulación del mercado y de dos años para la divulgación ilícita de información privilegiada.

Las sociedades serán consideradas responsables de los abusos del mercado; los Estados miembros habrán de establecer la jurisdicción competente para estos delitos si se cometen en su territorio o el infractor es un nacional.
Además, deberán velar por que las autoridades judiciales y policiales que se ocupan de estos complejísimos casos estén bien formadas.

Unificación de criterios

Los inversores que operen con información privilegiada y manipulen los mercados difundiendo información falsa o que induzca a engaño pueden librarse actualmente de las sanciones aprovechando las diferencias legislativas entre los 27 Estados miembros de la UE.

Las autoridades de algunos Estados no tienen poder sancionador y en otros no existen sanciones penales para algunos delitos de operaciones con información privilegiada y manipulación del mercado. Unas sanciones eficaces pueden tener un fuerte efecto disuasorio y consolidar la integridad de los mercados financieros de la UE.

Será delito penado enviar órdenes sin la intención de operar, solo para perturbar un sistema de intercambios. Además, el ámbito de aplicación de la legislación se amplía al abuso de mercado producido en mercados de productos básicos y en los de derivados relacionados.



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