Extinción del
contrato laboral
1.- Extinción por el trabajador.- - El trabajador puede solicitar judicialmente la
extinción de su contrato de trabajo recibiendo las máximas indemnizaciones
fijadas por el despido procedente, 45 días de salario por año de servicio con
un máximo de 42 mensualidades, en los siguientes casos:
-
Modificación sustancial en las condiciones de trabajo que reducen en perjuicio
de su formación profesional o en menoscabo de su dignidad. Para que pueda
hablarse de “modificación sustancia” del contrato de trabajo, las
modificaciones deben afectar a laguna de las siguientes causas:
.
Jornada de trabajo
.
Horario
.
Régimen de trabajos por turnos
.
Al sistema de remuneración.
.
Al sistema de trabajo y rendimiento.
.
A las funciones del trabajador, cuando excedan los límites de la movilidad
funcional.